De acuerdo a las modificaciones surgidas por la publicación de la Resolución General de AFIP Nº3943/16, se amplió el listado de los profesionales matriculados habilitados para realizar valuaciones de inmuebles, de otras profesiones cuyo título habilitante le permite dentro de sus incumbencias la emisión de la misma, tales como: agrimensores, ingenieros agrónomos, ingenieros civiles, ingenieros industriales, entre otros.
Teniendo en cuenta que la AFIP requiere el listado de dichos profesionales, es que solicitamos complete el formulario de inscripción como perito tasador para poder incorporarlos en el Sinceramiento Fiscal.
Por último se dispone que la correspondiente valuación, otorgada por el profesional, deberá ser ratificada a través del sitio “web” de este Organismo, con clave fiscal con nivel de seguridad 3 como mínimo, obtenida conforme la Resolución General N° 3.713. A tal fin, se deberá observar el procedimiento que se indica en el micrositio “web” referido en el Artículo 10.
A efectos ilustrativos en el siguiente link esta explicado el paso a paso, para que el profesional realice lo dispuesto en el párrafo precedente. Consulte aquí.
Formulario de inscripción aquí. Plazo hasta el viernes 18 de noviembre de 2016.