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Ordenanza 15.267 Mod. del Art. 293 del Código de Planeamiento Urbano Ambiental

cpuaRetransmitimos la Ordenanza Nº 15.267 sancionada por el Concejo Deliberante mediante la cual se modifica el Art. 293 del Código de Planeamiento Urbano Ambiental (CPUA- Ordenanza Nº 13.779), haciendo obligatorio que toda instalación de redes de energía, alumbrado público, telefonía, fibra óptica  otro tipo de red aérea, pública o privada, se ejecute en forma subterránea en toda nueva urbanización.

Dicha Ordenanza entró en vigencia el pasado 22 de mayo. Consulte Ordenanza aquí.

concejo deliberante 2017-06-15 001

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